Estas infracciones pueden hacer que te retengan la licencia o el auto durante las vacaciones de invierno

por | Jul 23, 2026 | Tips & Consejos | 0 Comentarios

Salir de vacaciones y encontrarnos con un control de tránsito puede convertirse en un problema serio si falta documentación, el vehículo no está en condiciones o cometemos una infracción grave.

La Agencia Nacional de Seguridad Vial puso en marcha el Operativo Invierno 2026, que se extenderá hasta el 5 de agosto con controles fijos, móviles y sorpresivos en 21 puntos estratégicos de 19 provincias.

Los agentes fiscalizan alcoholemia, velocidad, documentación, uso del cinturón y sistemas de retención infantil. También controlan sobrepasos peligrosos, uso de cadenas cuando hay nieve y otras conductas de riesgo. Algunos operativos cuentan incluso con drones. Operativo Invierno 2026 de la ANSV

Pero existe una diferencia importante: una multa, la retención de la licencia y el secuestro del vehículo no son la misma medida. Las consecuencias dependen de la infracción, del peligro que represente y de la normativa de la jurisdicción donde se realiza el control.

Qué documentación es obligatoria para circular

Antes de salir a la ruta debemos comprobar que contamos con:

  • DNI.
  • Licencia de conducir vigente y correspondiente a la categoría del vehículo.
  • Cédula de identificación del vehículo.
  • Comprobante de seguro obligatorio vigente.
  • Constancia de RTO o VTV, según corresponda.
  • Chapas patente visibles, normalizadas y sin alteraciones.

El vehículo también debe contar con matafuego vigente, balizas portátiles, cinturones para todos los ocupantes y los sistemas de retención infantil que correspondan. Documentación obligatoria según la ANSV

La licencia nacional puede presentarse en formato digital o físico. Desde 2025, ambos formatos tienen la misma validez legal. Decreto 196/2025

La cédula digital también es válida y puede verificarse mediante su código QR. Además, la antigua cédula azul dejó de ser un documento obligatorio: el titular puede autorizar a otra persona para visualizar la cédula del vehículo en Mi Argentina.

El seguro puede exhibirse impreso, mediante un PDF o como imagen legible desde el celular. Conviene, sin embargo, descargar toda la documentación antes de viajar porque en algunas rutas puede no haber señal.

Qué infracciones pueden provocar la retención de la licencia

La Ley Nacional de Tránsito contempla la retención preventiva de la licencia en distintos supuestos.

Puede ocurrir cuando la licencia:

  • Está vencida.
  • Fue adulterada.
  • Caducó por cambios de datos que no fueron informados.
  • No corresponde a la categoría o a los límites de edad exigidos.
  • Pertenece a una persona suspendida o inhabilitada.
  • No acredita condiciones psicofísicas compatibles con la conducción.

También puede aplicarse una retención preventiva ante determinadas faltas graves, entre ellas:

  • Conducir bajo los efectos del alcohol o drogas.
  • Superar los límites de velocidad en los términos previstos por la ley.
  • Cruzar un semáforo en rojo.
  • Circular en moto sin casco reglamentario.
  • Conducir a contramano.
  • No acreditar la RTO o VTV.
  • No acreditar el seguro obligatorio.

En estos casos, la Ley Nacional establece que la licencia puede ser reemplazada por una Boleta de Citación del Inculpado, que permite conducir provisionalmente durante un plazo máximo de 30 días, mientras interviene la autoridad de juzgamiento. Artículos 72 y 72 bis de la Ley Nacional de Tránsito

El procedimiento concreto puede cambiar según la provincia o el municipio.

Alcohol cero: el conductor no puede continuar

La Ley Nacional de Tránsito prohíbe conducir cualquier vehículo con una alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre.

Cuando un control arroja un resultado positivo, el conductor queda impedido de continuar manejando. Además de la multa, puede producirse:

  • Retención preventiva de la licencia.
  • Retención del conductor durante el tiempo necesario para recuperar sus condiciones normales, con el límite previsto por la ley.
  • Inmovilización del vehículo.
  • Entrega del automóvil a otra persona habilitada.
  • Remoción del vehículo si nadie puede retirarlo legalmente.

También es una infracción negarse al test. La ley establece que todo conductor debe someterse a las pruebas autorizadas de alcoholemia o detección de drogas. Alcohol cero y controles preventivos en la Ley 24.449

Mi consejo es sencillo: si vas a conducir, no tomes nada. No existe una fórmula segura basada en el peso, la comida ingerida o el tiempo transcurrido.

Circular sin seguro puede impedirte seguir viajando

Todo vehículo debe tener un seguro de responsabilidad civil vigente.

No es lo mismo olvidar el comprobante que circular sin cobertura. Si existe un seguro válido, debería poder acreditarse mediante el documento físico o digital. Si la póliza está vencida o no existe, estamos ante una falta grave.

Dentro del régimen nacional, no acreditar el seguro puede habilitar la retención preventiva de la licencia. Según la normativa local y las circunstancias del procedimiento, también puede impedirse la continuidad del viaje o disponerse la inmovilización del vehículo.

El seguro digital es válido en todo el país y puede mostrarse desde el celular. Superintendencia de Seguros de la Nación

Qué pasa si no tenés la licencia durante el control

Acá debemos distinguir dos situaciones.

Tenés una licencia vigente, pero no podés exhibirla

No portar o no poder mostrar la licencia constituye una infracción. Sin embargo, no significa automáticamente que el vehículo deba ser secuestrado si la habilitación vigente puede verificarse.

Desde 2025, la Licencia Nacional de Conducir digital funciona como documento válido, por lo que puede presentarse desde Mi Argentina.

No estás habilitado para conducir

El escenario es mucho más grave si:

  • Nunca obtuviste licencia.
  • La licencia está suspendida.
  • Estás inhabilitado.
  • La categoría no corresponde al vehículo.
  • La licencia está vencida.
  • No cumplís con la edad reglamentaria.

En estos casos, el automóvil puede ser liberado si otra persona habilitada se hace cargo de conducirlo. Si eso no es posible, la ley permite removerlo y enviarlo a un depósito.

RTO o VTV vencida

La revisión técnica acredita que el vehículo reúne las condiciones mínimas de seguridad para circular.

Dentro del régimen nacional, conducir sin el comprobante de la RTO constituye una falta grave y puede derivar en la retención preventiva de la licencia. Para recuperarla, el infractor deberá acreditar que realizó la revisión correspondiente.

Sin embargo, no todas las provincias y municipios aplican exactamente el mismo procedimiento. Algunas jurisdicciones imponen únicamente una multa en determinadas situaciones, mientras otras pueden impedir la continuidad del viaje.

También hay que diferenciar entre:

  • No tener la revisión vigente.
  • Tenerla vigente, pero no poder exhibirla.
  • Circular con defectos mecánicos que representan un peligro.

Si el vehículo tiene cubiertas destruidas, fallas graves en los frenos, luces defectuosas u otro problema que implique un riesgo cierto, la autoridad puede retenerlo hasta que se repare.

Cuándo pueden secuestrar o remover el vehículo

De acuerdo con la Ley Nacional de Tránsito, el auto puede ser retenido o removido, entre otros casos, cuando:

  • Es conducido por una persona no habilitada, suspendida o inhabilitada y no hay otra persona habilitada para retirarlo.
  • Presenta una falla que representa un peligro cierto para el tránsito.
  • Está mal estacionado y obstruye la circulación o la visibilidad.
  • Fue abandonado o quedó imposibilitado de circular.
  • Lleva más ocupantes que su capacidad y no se corrige la situación.
  • Está relacionado con determinadas infracciones especiales de transporte.
  • La normativa de la jurisdicción dispone su inmovilización ante una falta grave.

Por eso, decir que cualquier infracción termina automáticamente con el “secuestro del auto” sería incorrecto. Primero debe evaluarse la falta detectada, si puede subsanarse en el lugar y qué procedimiento rige en esa jurisdicción.

¿Pueden retenerte los documentos sin motivo?

No.

El artículo 37 de la Ley Nacional de Tránsito establece que la documentación debe presentarse ante el requerimiento de la autoridad y ser devuelta inmediatamente después de su verificación. Solo puede retenerse en los casos expresamente contemplados por la ley.

El agente también debe identificarse, indicar la dependencia a la que pertenece, labrar el acta correspondiente y entregar una copia al presunto infractor.

Si te retienen la licencia o el vehículo, pedí:

  • Copia del acta.
  • Motivo exacto de la medida.
  • Identificación del agente y organismo.
  • Juzgado interviniente.
  • Plazo y procedimiento para realizar el descargo.
  • Constancia del lugar al que fue trasladado el vehículo.

No firmes documentos en blanco. Firmar el acta generalmente acredita su recepción, pero no significa necesariamente aceptar la infracción. Podés dejar asentadas tus observaciones.

No todas las provincias aplican las mismas consecuencias

La Ley Nacional de Tránsito establece un marco general, pero cada provincia define su adhesión y su procedimiento. Los municipios también pueden contar con códigos de faltas propios.

Esto significa que una misma infracción puede tener consecuencias administrativas diferentes dependiendo de dónde se produzca.

Antes de viajar conviene revisar especialmente:

  • Requisitos de VTV o RTO.
  • Uso obligatorio de cadenas.
  • Normas para transportar menores.
  • Elementos adicionales exigidos.
  • Procedimiento ante alcoholemia positiva.
  • Reglas de circulación locales.

Lista rápida antes de salir a la ruta

Antes de comenzar el viaje, revisá:

  1. Licencia vigente y categoría correcta.
  2. DNI.
  3. Cédula del vehículo.
  4. Seguro obligatorio vigente.
  5. RTO o VTV correspondiente.
  6. Patentes visibles y en buen estado.
  7. Matafuego con carga y fecha vigente.
  8. Balizas portátiles.
  9. Cinturones para todos los ocupantes.
  10. Sillita infantil adecuada.
  11. Cubiertas, frenos y luces.
  12. Cadenas si viajás a una zona donde pueden exigirse.
  13. Documentos digitales descargados o capturas disponibles.

Mi opinión: el problema no debería ser evitar el control

Cuando se anuncian controles, muchas personas piensan inmediatamente cómo evitarlos o dónde estarán ubicados.

Pero un control no debería preocuparnos si el vehículo está en condiciones, llevamos la documentación necesaria y respetamos las normas.

El verdadero objetivo no es pasar un operativo sin recibir una multa. Es llegar a destino sin poner en riesgo nuestra vida, la de nuestra familia y la de quienes circulan por la misma ruta.

Cinco minutos de revisión antes de salir pueden evitar una multa, un auto retenido o una tragedia.

Written By Charly Fornas

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