ARCA actualizó las reglas para los envíos internacionales realizados mediante empresas de courier. La medida tiene consecuencias tanto para quienes compran productos en plataformas como Amazon, Shein o Temu como para emprendedores y empresas que venden mercadería al exterior.
Pero quiero comenzar con una aclaración importante: las compras por courier no quedaron liberadas ni se pueden importar productos sin límites.
El nuevo marco mantiene para las importaciones el tope de USD 3.000 FOB por envío, el máximo de 50 kilos por paquete y las condiciones especiales del Régimen de Pequeños Envíos.
La gran novedad aparece del lado de las exportaciones: desde ahora, los envíos de mercaderías al exterior realizados mediante courier no estarán sujetos a un límite de valor FOB.
La modificación fue establecida por la Resolución General 5883/2026, publicada el 29 de julio de 2026, que actualiza la Resolución General 5608 y reemplaza diferentes anexos del régimen. La norma entra en vigencia el 30 de julio, aunque su implementación operativa dependerá del cronograma que publique ARCA en su micrositio de Envíos Internacionales. Resolución General 5883/2026.
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Los principales límites del courier
Para entender rápidamente cómo queda el sistema, estos son los valores más importantes:
| Operación | Peso máximo | Valor máximo | Condiciones principales |
|---|---|---|---|
| Importación general por courier | 50 kg por paquete | USD 3.000 FOB por envío | Puede tener finalidad comercial |
| Pequeños envíos | 50 kg por paquete | USD 3.000 FOB por envío | Sin finalidad comercial, hasta 3 unidades iguales y 5 usos anuales |
| Muestras comerciales | 50 kg por paquete | USD 3.000 FOB | Exclusivo para personas jurídicas |
| Muestras para laboratorios | 50 kg por paquete | USD 3.000 FOB | Para ensayos y certificaciones |
| Laboratorios para certificación en mercados externos | 50 kg por paquete | USD 10.000 FOB | Código ENSAYOLAB |
| Muestras vegetales o animales exportadas | 10 kg netos | USD 500 FOB | Requieren certificado de SENASA |
| Obras de arte | Según las condiciones del régimen | Sin límite general de valor | Requieren declaración OM-3290 |
| Exportaciones generales por courier | 50 kg por paquete | Sin límite de valor FOB | Continúan las restantes exigencias aduaneras |
Debemos recordar que “sin límite de valor” no significa “sin controles”. La eliminación del tope se aplica a las exportaciones, pero continúan vigentes los límites de peso, las intervenciones sanitarias, las prohibiciones y los requisitos correspondientes a cada mercadería.
Qué cambia para las compras realizadas por courier
Para quienes compramos productos en tiendas internacionales, el Régimen de Pequeños Envíos mantiene estas condiciones:
- Hasta tres unidades de una misma especie.
- Un máximo de 50 kilos por paquete o pieza postal.
- Un valor de hasta USD 3.000 FOB por envío.
- La mercadería no puede tener finalidad comercial.
- El régimen puede utilizarse hasta cinco veces por año calendario y por persona.
Además, cuando el destinatario sea una persona humana deberá tener 16 años o más.
Estos requisitos están publicados en el micrositio oficial de Pequeños Envíos de ARCA.
Esto significa que podemos comprar distintos artículos dentro de un mismo envío, pero no deberíamos incluir más de tres unidades de un mismo producto si queremos utilizar el régimen simplificado.
Si la cantidad, la variedad o la forma de presentación hacen presumir que la mercadería será revendida, la Aduana podría considerar que existe finalidad comercial y excluir la operación de Pequeños Envíos.
Qué significa el límite de USD 3.000 FOB
El límite de USD 3.000 se calcula sobre el valor FOB de la mercadería, es decir, el valor del producto antes de sumar determinados costos internacionales de transporte y seguro.
Sin embargo, para determinar los impuestos aplicables, el courier deberá declarar el valor CIF, que incorpora el costo real del flete y, cuando corresponda, el seguro.
ARCA podrá solicitar la factura comercial, la orden de compra, el recibo o el comprobante emitido por la plataforma utilizada.
La documentación debería permitir identificar, como mínimo:
- Nombre y domicilio del comprador.
- Precio de los productos.
- Cantidad y descripción.
- Moneda y fecha de la operación.
- Método de pago.
- Costo del envío.
- Nombre o razón social y domicilio del vendedor.
La Aduana también puede comparar el valor declarado con referencias de precios y reclamar diferencias de impuestos si considera que la mercadería fue subvaluada. Estas facultades están detalladas en el Anexo I vigente de la Resolución General 5608.
¿Los primeros USD 400 no pagan impuestos?
Los pequeños envíos de hasta USD 400 FOB están exentos del derecho de importación y de la tasa de estadística.
Esto no significa que estén completamente libres de impuestos: continúan alcanzados por el IVA y, si corresponde por el tipo de producto, por impuestos internos.
Cuando el valor de la mercadería supera los USD 400, los derechos de importación y la tasa de estadística se calculan sobre el excedente.
Por ejemplo, si una compra tiene un valor FOB de USD 600, la franquicia alcanza los primeros USD 400 y los tributos dispensados se aplican sobre los USD 200 restantes.
La nueva resolución también simplifica la declaración de estos pequeños envíos franquiciados: el courier podrá utilizar un Código AFIP específico sin consignar individualmente la posición arancelaria del producto.
Qué productos tienen excepciones especiales
El Anexo II actualizado amplía y ordena las excepciones aplicables a los pequeños envíos.
Dentro de las condiciones establecidas, pueden quedar exceptuados de:
- La intervención del Instituto Nacional de Alimentos.
- Determinadas normas técnicas exigidas en Argentina.
- El Sistema Digital de Identificación de Productos, conocido como SIDIP.
- Restricciones y prohibiciones de carácter económico.
- Derechos antidumping o compensatorios.
- Medidas de salvaguardia.
- Controles de terceros organismos que se realicen en el mercado interno después del ingreso de la mercadería.
- La intervención de ANMAT para determinadas preparaciones de perfumería, tocador y cosmética.
Esto no significa que cualquier alimento, cosmético o producto médico pueda ingresar automáticamente.
Cada artículo puede estar alcanzado por una regulación diferente y algunos productos continúan excluidos o requieren autorizaciones especiales. Antes de comprar algo sensible —como alimentos, medicamentos, suplementos, productos médicos, semillas o artículos de origen animal— recomiendo consultar las condiciones actualizadas.
La gran novedad: exportaciones sin límite de valor
La modificación más importante de la Resolución General 5883/2026 es la eliminación del límite de valor FOB para las exportaciones realizadas por courier.
Hasta ahora, superar el límite económico obligaba a derivar la operación al régimen general de exportación. Con el cambio, una encomienda enviada al exterior mediante un prestador habilitado ya no tendrá un tope máximo de valor.
Esto puede beneficiar especialmente a:
- Emprendedores que venden por internet.
- PyMEs.
- Diseñadores y artesanos.
- Productores regionales.
- Comercios con clientes en otros países.
- Vendedores que utilizan plataformas internacionales.
Sin embargo, continúan vigentes el límite de 50 kilos por paquete y las restricciones relacionadas con el tipo de producto.
También siguen excluidas del procedimiento simplificado determinadas mercaderías sujetas a prohibiciones, intervenciones especiales, certificados de origen o regímenes tributarios particulares. Tampoco debemos confundir la eliminación del tope con la eliminación de impuestos, controles o documentación.
Cómo funciona el régimen de muestras comerciales
Las personas jurídicas podrán importar muestras destinadas a exhibiciones, demostraciones o acciones promocionales.
Los límites generales son:
- Hasta 50 kilos por paquete.
- Hasta USD 3.000 FOB por envío.
Cuando se trate de un modelo de un producto cuya fabricación todavía se proyecta, la muestra deberá estar inutilizada para su comercialización y la cantidad tendrá que ser razonable para una demostración.
Las muestras con valor en Aduana de hasta USD 100 podrán utilizar el código de ventaja MUESTRA_100 y acceder a la franquicia correspondiente.
Cuando superen ese valor deberá utilizarse el código INUMUE.
Muestras para ensayos de laboratorio
Las mercaderías destinadas a laboratorios para realizar ensayos y obtener certificaciones mantienen, como regla general:
- Hasta 50 kilos por paquete.
- Hasta USD 3.000 FOB por envío.
Existe una excepción importante cuando la certificación está destinada a permitir la comercialización del producto en mercados extranjeros. En ese caso, el valor máximo se amplía hasta USD 10.000 FOB por envío.
Estas operaciones deberán declararse con el código de ventaja ENSAYOLAB.
Insumos para investigaciones científicas
Las entidades alcanzadas por la Ley 25.613 podrán ingresar insumos científico-tecnológicos mediante el procedimiento simplificado.
Deberán utilizar el código LEY25613 y declarar el número del Certificado de Importación emitido por el ROECYT.
El límite previsto es de 50 kilos por paquete y USD 3.000 FOB por envío. Si la operación supera estos parámetros, se deberá utilizar el procedimiento simplificado específico contemplado por la normativa aduanera.
Qué sucede con las obras de arte
Las obras comprendidas por la Ley 24.633 podrán ingresar o salir del país mediante el régimen de courier.
Será necesario declarar el código OBRASDEARTESBEN y presentar la Declaración Jurada de Obras de Arte, correspondiente al formulario OM-3290.
Esta categoría queda exceptuada del límite general de valor, por lo que no se aplica el tope de USD 3.000 FOB.
Exportación de muestras vegetales y animales
Las muestras de productos y subproductos de origen vegetal o animal podrán exportarse mediante courier cuando:
- No superen los 10 kilos netos.
- Su valor FOB sea de hasta USD 500.
- Estén sujetas exclusivamente a la intervención previa de SENASA.
- El operador cuente con el certificado correspondiente.
Para estas operaciones deberá utilizarse el código MUESTRACOURIER.
Reglas para exportar medicamentos
Los envíos de medicamentos mediante la modalidad simplificada deberán registrarse mediante una Destinación Simplificada Courier de Exportación separada para cada país de destino.
También deberán mantenerse separados de las demás mercaderías y envíos particulares o comerciales.
El courier tendrá que presentar una declaración jurada certificando que el envío no contiene estupefacientes, psicotrópicos u otras sustancias sujetas a controles especiales.
Qué datos debemos controlar antes de realizar una compra
Para evitar demoras, recomiendo verificar:
- Que el valor FOB no supere los USD 3.000.
- Que no existan más de tres unidades iguales.
- Que la mercadería sea para uso personal.
- Que el paquete no supere los 50 kilos.
- Que todavía tengamos disponible alguno de los cinco envíos anuales.
- Que el producto no esté prohibido ni requiera una autorización especial.
- Que la factura y el comprobante de pago muestren el valor real.
- Que el courier tenga correctamente nuestro CUIT o CUIL.
- Que tengamos constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.
- Que conozcamos los impuestos y gastos del courier antes de confirmar la compra.
Si falta el CUIT o CUIL, el Domicilio Fiscal Electrónico o alguna intervención permitida, el paquete podrá permanecer bajo custodia del courier durante un máximo excepcional de cinco días hábiles para intentar solucionar el inconveniente.
ARCA mantiene sus facultades de control
La simplificación del sistema no elimina los controles aduaneros.
ARCA podrá verificar la mercadería, revisar el valor declarado y solicitar facturas, certificados, comprobantes o documentación complementaria.
Las empresas de courier también deberán conservar digitalmente las constancias de entrega durante el período establecido por la normativa fiscal, para presentarlas cuando sean requeridas.
Por eso, recomiendo guardar la factura, el comprobante del pago, la orden de compra y toda comunicación relacionada con el envío.
Mi opinión: simplificar no debería significar desinformar
Me parece positivo que un emprendedor argentino pueda vender al exterior mediante courier sin chocar automáticamente con un límite de valor. Puede ser una oportunidad concreta para pequeños negocios que necesitan llegar a otros mercados sin enfrentar procesos desproporcionados.
Pero también creo que el anuncio debe explicarse con mucha claridad.
Decir solamente que “se eliminaron los límites del courier” puede llevar a muchas personas a pensar que ahora podrán comprar cualquier cantidad o traer productos sin pagar impuestos. Y eso no es verdad.
Para las compras personales siguen existiendo límites de valor, peso, cantidad y frecuencia. También continúan los controles sobre la mercadería.
La verdadera mejora aparece cuando las reglas son simples, pero también cuando el consumidor conoce de antemano cuánto pagará, qué documentación necesitará y qué productos puede ingresar.
Una regulación puede flexibilizar el comercio, pero la información clara es lo que evita que una compra económica termine transformándose en un problema costoso.





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